
¡No vendas alcohol a menores!
Este mensaje va dirigido a todos los que atienden en las tiendas de autoservicio, los encargados de las tienditas de la esquina, los cajeros del súper, o cualquier otro empleado que se dedique a la venta de productos o servicios.
Todos ustedes tienen una gran responsabilidad en sus manos; una que muchas veces ignoran o pasan por alto, pero que tiene un gran impacto sobre los menores de edad: evitar que estos compren, y por ende, consuman, bebidas alcohólicas.
Muchos de ustedes podrán pensar que no es su problema ni su responsabilidad cuidar de niños u adolescentes que no conocen, pero no se trata de protegerlos o custodiarlos como si fueran sus familiares, sino de evitar que rompan la ley y prevenir las adicciones en los jóvenes.
Lo único que tienen que hacer es pedir una identificación que compruebe la edad de su cliente, ya que además de tratarse de una obligación legal, también es una responsabilidad social.
Estas son las cosas básicas que tienes que saber:
¿Qué se entiende por bebida alcohólica?
Se consideran bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción de 2% y hasta 55% en volumen. Cualquiera otra que contenga una proporción mayor no podrá comercializarse como bebida.
¿Quién es considerado un menor de edad?
Según el Código Civil Federal, es un individuo que no ha alcanzado la mayoría de edad, misma que comienza a los dieciocho años cumplidos.
Así que ya sabes, SIEMPRE pide identificación.